domingo, 30 de noviembre de 2014

Una visión a nuestra educación

Sin duda, para hablar de nuestra educación tendríamos que diferenciar entre educación formal, aquella con un título formal amparado por el estado, y la no formal, aquella que existe pero no viene amparada por el estado, un ejemplo de estas dos son la educación secundaria obligatoria y las clases particulares respectivamente, ambas son educación. Por otro lado también podríamos hablar de la educación en casa y el entorno social, la llamada socialización. Sin embargo en esta entrada nos centraremos más concretamente en la evolución de la educación formal más actual o moderna en España, lo cual, nos llevará a analizar las ultimas leyes educativas de nuestro contexto educativo y donde, personalmente daré mi opinión y elaboraré una evolución histórica de nuestra legislación educativa en los últimos cuarenta años.
Destacaremos que la primera legislación a analizar pertenece al periodo anterior a la Constitución española.

1.      Ley educativa de 1970

A la hora de analizar esta ley entendemos que es una ley del periodo franquista[1] en España, una dictadura, por lo que presenta una serie de rasgos característicos de tal sistema de gobierno. La dictadura franquista impuesta desde el final de la guerra civil española posee numerosas etapas desde la implantación del nuevo Estado en la que se implantaron las bases ideológicas del nuevo Estado como son los valores del ejército, la iglesia y los ideales falangistas. Posteriormente y con la pérdida de sus aliados fascista tras el fin de la II Guerra Mundial España se vio aislada del resto del mundo y se vio obligada a mantenerse activa por si misma comenzando así su periodo autárquico, sin embargo, en la década de los 50 y la influencia de la guerra fría España comenzó a abrirse al mundo y a abrir tratados comerciales con potencias como EEUU que, en común, tenían la amenaza comunista de la unión soviética y los países del este. Franco nombró un nuevo gobierno en 1957 con una orientación distinta. La influencia de Carrero Blanco fue decisiva para la entrada de los tecnócratas del Opus Dei. Por otro lado, fue López Rodó quien impulsó la modernización de la administración y la separación de la actividad del gobierno de la del Estado.
Este cambio de gabinete sería decisivo para la continuidad del régimen y para el futuro desarrollo económico. Se puso fin a la política autárquica y desde 1957 se establecieron medidas liberalizadoras, que dieron un fuerte impulso a la economía.
Además, Franco quiso dejar resuelta la posición del movimiento nacional dentro del Estado con la Ley de Principios del movimiento (1958), la cual relegaba el papel de la Falange y era conveniente para lograr la credibilidad democrática ante Europa.
Estas medidas fueron las que asentaron la España franquista y se le considera la primera etapa del franquismo mientras que con la llegada del desarrollismo, etapa de crecimiento económico y cambio social, se empezó a ver a España como destino turístico por los extranjeros europeos y permitió el crecimiento económico español. Y ya, finalmente en 1970 empieza a decaer el franquismo español, una última etapa dentro de la segunda etapa franquista en la que se observa como la dictadura empieza a decaer y con la proximidad de la muerte del dictador. En esta etapa España demostró que era incapaz de evolucionar ya que el gobierno trato las oleadas de protestas que fueron tratadas con represión y a presencia de la crisis económica y la creciente oposición aumentó la conflictividad laboral y aumentaron las tensiones con la iglesia y las voces disidentes del propio ejército.
El envejecimiento de Franco le impedía ejercer el poder de forma directa. Se intuía el final del caudillo y crecía la inquietud por el futuro inmediato. Trece países retiraron sus embajadores en señal de protesta y se evidenció la soledad y el aislamiento del régimen.
La ley educativa de 1970[2] encaja en esta última etapa franquista y muestra las evidencias ideológicas del régimen. A la hora de analizar la ley contemplamos en el titular preliminar una serie de artículos que nos muestran el claro aspecto conservador de la ley.
 En el primer artículo, primer apartado:  “la formación humana integral, el desarrollo armónico de la personalidad y la preparación para el ejercicio responsable de la libertad, inspirados en el concepto cristiano de la vida y en la tradición y cultura patrias; la integración y promoción social y el fomento del espíritu de convivencia; todo ello de conformidad con lo establecido en los Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales del Reino”. Contemplamos como se implanta un concepto cristiano de la vida a través de la moral cristiana que definen, es propia del ser humano. Además plantea como toda la educación se plantea en las leyes del Estado y la ideología del movimiento nacional de forma que la educación se encuentra dirigida hacia los términos nacionales y no se respeta el derecho a una educación libre y plural. Además, posteriormente, se reincide en el derecho de la religión a dirigir la educación. En el artículo seis, apartado uno: “el Estado reconoce y garantiza los derechos de la Iglesia católica en materia de educación, conforme a lo acordado entre ambas potestades.”. Convirtiendo la educación pública en una educación adoctrinada por la influencia cristiana, siendo ignorada así los valores de igualdad y educación para la democracia. De esta forma destaca el curriculum centralizado que se orienta hacia las necesidades del Estado por mantener la firmeza de la dictadura. También destacamos lo siguiente:
En el artículo séptimo, apartado uno: “en niveles educativos no gratuitos las tasas de los Centros estatales no excederán de los costes reales por puesto escolar. Dentro de estos límites, el Gobierno fijará su importe, que podrá ser diversificado de acuerdo con criterios que ponderen el rendimiento de los alumnos y su situación económica”. Se presentan los conciertos impartidos y como se regularan, lo cual son una medida claramente segregadora. Posteriormente encontramos:
El artículo diecinueve, apartado dos: “la valoración final del curso la hará, en la primera etapa, el Profesor respectivo, basándose en la estimación global de los resultados obtenidos por el alumno en su proceso educativo. Durante la segunda etapa habrá pruebas flexibles de promoción, preparadas por un equipo de Profesores del propio Centro”, lo cual provoca que la evaluación de los alumnos sea clasista debido a que la última decisión sobre la evaluación de un alumno y sobre si supera o no el curso la tiene un consejo escolar al margen del profesor y facilitaría la segregación y el clasismo educativo. Además destacamos a continuación:
En el segundo artículo, apartado uno: “Todos los españoles, de conformidad con lo establecido en la Declaración novena de la Ley de Principios del Movimiento Nacional y el artículo quinto del Fuero de los Españoles, tienen derecho a recibir y el Estado el deber de proporcionar una educación general y una formación profesional que, de acuerdo con los fines establecidos en el artículo anterior, les capacite para el desempeño de una tarea útil para la sociedad y para sí mismos” que representa como los estudios que se cursen en España estarán dirigidos por el movimiento nacional con el fin de formar buenos trabajadores al servicio del Estado y les mejore individualmente. Sin embargo, aun así encontramos ciertos rasgos mínimos de educación progresista al hacer la educación pública hasta bachillerato y obligatoria hasta terminar la ESO aunque claramente se hacen con un fin doctrinal que persigue continuamente la educación autoritaria y utiliza la educación como instrumento de manejo de la mentalidad y dirigir la población hacia los fines y objetivos de la dictadura, así pues, vemos la transformación del progresismo en lo doctrinal a manos de estas influencias políticas.

2.      LOGSE

La LOGSE[3] es una ley educativa de 1990, implantada en plena democracia y con el gobierno socialista dirigiendo el Estado con Felipe Gonzáles como presidente de España.A la hora de analizar la ley educativa contemplamos que es una legislación de carácter progresista y que consta de numerosos apartados que defienden los derechos educativos y los derechos del niño.
En el título preliminar empezamos a contemplar los artículos presentes y observamos que:
En el artículo primero, apartado primero: “el sistema educativo español, configurado de acuerdo con los principios y valores de la Constitución, y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio. Reguladora del Derecho a la Educación, se orientará a la consecución de los siguientes fines previstos en dicha ley:
a) El pleno desarrollo de la personalidad del alumno.
b) La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
c) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.
d) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
e) La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.
f) La preparación para participar activamente en la vida social y cultural.
g) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.”
La educación está basada en las imposiciones de la constitución y por tanto sigue una corriente democrática con el fin de perseguir el pleno desarrollo del alumno, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, educación en conocimientos científicos, técnicos, humanísticos e históricos, la formación en el respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España y la formación de un entorno social para educar al alumno para vivir y convivir en sociedad, igualmente se le prepara para vivir en paz con otras personas, seres y pueblos. Características tremendamente progresista pues no se contempla al alumno como un instrumento del Estado para fomentar el Estado sino que se le ve como lo que es, un niño que tiene que aprender a vivir, pensar y convivir, así pues, el niño se convierte en el centro y el objetivo de la educación. Seguidamente encontramos que:
El segundo artículo, apartado primero: “el sistema educativo tendrá como principio básico la educación permanente. A tal efecto, preparará a los alumnos para aprender por sí mismos y facilitar a las personas adultas su incorporación a las distintas enseñanzas” que nos presenta más evidencias progresistas con el hecho de que la educación se plantea de forma igualitaria para adultos y menores y como la educación se centrará en potenciar las capacidades y destrezas a través de una formación personalizada, la presencia de la coeducación y una educación integral entre culturas, rechazando al discriminación, el desarrollo de las capacidad es creativas y el pensamiento crítico y preparar al alumno para vivir en democracia. Además plantea el mismo artículo, en el apartado tercero, “la actividad educativa se desarrollará atendiendo a los siguientes principios:
a) La formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los ámbitos de la vida, personal, familiar, social y profesional.
b) La participación y colaboración de los padres o tutores para contribuir a la mejor consecución de los objetivos educativos.
c) La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación, y el respeto a todas las culturas.
d) El desarrollo de las capacidades creativas y del espíritu crítico.
e) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático.
f) La autonomía pedagógica de los centros dentro de los límites establecidos por las leyes, así como la actividad investigadora de los profesores a partir de su práctica docente.
g) La atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional.
h) La metodología activa que asegure la participación del alumnado en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
i) La evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, de los centros docentes y de los diversos elementos del sistema.
j) La relación con el entorno social, económico y cultural.
k) La formación en el respeto y defensa del medio ambiente.”
Que el niño tendrá derecho a tener una atención psicopedagógica y se le educará en el respeto al medio ambiente y en relación con el entorno social, cultural y económico. También se destaca la metodología de enseñanza y aprendizaje la evaluación de alumnos y los centros y elementos del sistema educativo, constantes,  la autonomía pedagógica de los centros para impartir al educación y el desarrollo de la igualdad de oportunidades, creatividad y la igualdad de derechos y  de género. De esta forma que empiezan a distinguirse características propias del hombre socialista y como no es solo el individualismo social lo que se abandona sino que se enseña a vivir en sociedad, nacional y extranjero, sin distinción de género y a aprender del medio, a convivir y defender la naturaleza de la que formamos parte. Posteriormente:
En el artículo tres, apartado primero: “el sistema educativo comprenderá enseñanzas de régimen general y enseñanzas de régimen especial”. Se presenta la estructura del sistema educativa y se presenta además la educación especial. Ya después:
En el artículo cinco: “1. La educación primaria y la educación secundaria obligatoria constituyen la enseñanza básica. La enseñanza básica comprenderá diez años de escolaridad, iniciándose a los seis años de edad y extendiéndose hasta los dieciséis. 2. La enseñanza básica será obligatoria y gratuita.” se presenta que la educación primaria y secundaria será obligatoria y gratuita de forma que la educación básica será de diez años. Por otro lado se comenta que:
En el sexto artículo, primer apartado: “a lo largo de la enseñanza básica, se garantizará una educación común para los alumnos. No obstante, se establecerá una adecuada diversificación de los contenidos en sus últimos años.” la enseñanza será igualitaria para todos los alumnos que formen parte del sistema educativo aunque en los últimos años se ramificará y se preparará una diversificación de contenidos en esta última etapa y el alumno se mantendrá en el sistema educativo hasta que cumpla los dieciocho años si aún no ha pasado la educación secundaria obligatoria.
La LOGSE se conoce como la primera ley progresista del sistema educativo español que destacó sobre el resto y recibió numerosas crítica por decírsele que era demasiado sencilla y no preparaba al alumno para el ambiente laboral pero es que aunque si se hacía el principal fin de la legislación era respetar los derechos educativos del niño y se presentaban el respeto al niño como algo fundamental que se potenciaría para crear individuos democratizados y que se adaptaron al verdadero entorno social de pluralidad y que se introdujese como un cooperativo individuo de este y no un extremista competitivo que hace reinar el individualismo al trabajo en equipo.




3.      LOE

La LOE[4] es una ley educativa implantada en 2006 por el gobierno socialista, con José Luis Rodríguez Zapatero como presidente de España.
A la hora de analizar la LOE comprendemos de antemano que es una ley socialista y mantendrá los estándares de la LOGSE aunque esta ley se ejecutó justamente como modernización de la ley anterior. Una vez llegamos al título preliminar encontramos los principios:
En el primer artículo: “Artículo 1. Principios. El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios:

a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.

c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

d) La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.

e) La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

g) El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

i) La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos.

j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

k) La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

l) El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

m) La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el recono-cimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.

n) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

ñ) La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados.

o) La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas.

p) La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa.”
 En el que se habla nuevamente de que la ley se basa en la constitución española y presenta los estándares de igualdad de oportunidades, la igualdad educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas, y sociales con especial atención a las que deriven de discapacidad por lo que el Estado muestra especial interés en la educación especial y en se mantiene el hecho de igualdad general para todos. Además presenta no solo la transmisión de conceptos como la equidad o características propias del hombre democrático sino que se deciden a ponerlas en práctica, siguiendo así las teorías educativas de Dewey. Se presenta la educación como un hecho prolongado y permanente que se desarrolla  a lo largo de la vida, la flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así se destruye el curriculum dirigido y ofreciendo libertad de enseñanza a los profesores para mostrar los conceptos en el aula. También se destaca el esfuerzo compartido de familia, administración, estudiante y administración para sacar la ley a delante y hacerla funcionar en su totalidad. Por otro lado se siguen la corriente de John Dewey al darle al profesor un valor esencial de la calidad de la educación, el fomento y la promoción de la investigación y experimentación educativa y hacer de la educación no solo una forma de avanzar los alumnos y profesores sino un mecanismo con el que la sociedad puedo avanzar a través de la ciencia que en los centros educativos se imparte. Después:
En el artículo segundo, apartado primero: “1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines:

a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.

b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.

c) La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.

d) La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.

e) La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.

f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

g) La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.

h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.

i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.

j) La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.

k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.”
 Distinguimos como se centra más en los valores del niño en los que se instruirá al niño, creando un ambiente social democrático coeducativo y sin discriminación en el que se puede desarrollar la capacidad de relación del niño y adaptación a un sistema socialmente activo y la preparación para el ejercicio de la ciudadanía formando ciudadanos competentes que desarrollen plenamente el sentido de la democracia de manera activa y eficiente. A porteriori se observa al final del artículo, en el segundo apartado, “Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación, la experimentación y la renovación educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección educativa y la evaluación.”, como los poderes públicos prestaran especial atención a la calidad de la enseñanza y formación del profesorado, su trabajo en equipo, la dotación de recursos educativos, la investigación, experimentación y la renovación educativa. A su vez se fomentará el uso de bibliotecas y la lectura y la autonomía pedagógica para el funcionamiento de las clases junto con la inspección del sistema educativo. Posteriormente encontramos:
En el artículo cuatro, primer apartado: “La enseñanza básica a la que se refiere el artículo 3.3 de esta Ley es obligatoria y gratuita para todas las personas.” cómo se muestra la esencia progresista de la educación haciéndola pública y universal para todos, sin distinción de renta, clases, sexo o raza. A continuación encontramos:
En el artículo cinco, apartado primero: “Todas las personas deben tener la posibilidad de formarse a lo largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, con el fin de adquirir, actualizar, completar y ampliar sus capacidades, conocimientos, habilidades, aptitudes y competencias para su desarrollo personal y profesional.”, demostrando que la educación accesible para todos y ofreciendo oportunidades para cursarla tanto fuera como dentro del sistema educativo y mejorar así la moralidad humana y sus propias capacidades y conocimientos. Finalmente:
En el artículo noveno “1. El Estado promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general, reforzar las competencias básicas de los estudiantes, favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades.

2. Los programas a los que se refiere este artículo podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos entre las diferentes Administraciones educativas competentes.”, encontramos como se promueve la expansión educativa por el territorio con cursos dirigidos por la administración para hacer de la educación un recurso del que todos puedas echar mano y potenciar la riqueza cultural y el aprecio juvenil por la cultura y lingüística de las distintas comunidades autónomas, lo cual no solo promueve la educación sino el valor y concepto de esta y esencia básica de la formación personal de un individuo.
La LOE es una ley basada en las teorías pragmáticas antes que en las teorías educativas progresistas europeas, como hacia la LOGSE, y presenta un mayor énfasis en la función del profesorado y en el método de la experiencia. Sin embargo la LOE no olvida los derechos fundamentales del alumno y contiene en su programa fundamentos progresistas europeos como la introducción de la, familia al sistema educativo o el énfasis en la búsqueda del hombre democrático.


4.      LOMCE

La LOMCE[5] es una ley educativa impartida a partir del año 2013 en España por parte del partido popular, PP, encabezado por Mariano Rajoy y su ministro de educación Ignacio Wert en la democracia española.
La LOMCE es una ley impuesta en contra de la mayoría absoluta de la oposición en el parlamento de los diputados y es de un claro carácter neoliberal con aspectos conservadores, así pues se muestra perfectamente el carácter del partido popular y como el neoliberalismo termina en conservadorismo.
A la hora de estudiar el preámbulo de la LOMCE observamos características propiamente conservadoras como es el nuevo valor fundamental que se le entrega a la iglesia como materia fundamental para la calificación del alumnado dejando de ser optativa. Por otro lado, y de manera vergonzosa encontramos como los centros privados que impartan la educación segregada recibirán beneficios económicos de las arcas del Estado. Sin embargo, el principal rasgo que observamos en la primera parte del preámbulo como se dice “…solo un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, garantiza la igualdad de oportunidades y hace posible que el alumno potencie al máximo sus potencialidades”, algo totalmente ilógico pues se ha demostrado que la exigencia y la competencia insana solo estresa a alumnos y no les permite desarrollar el cien por cien de sus capacidades debido a esa extrema exigencia. Seguidamente continúan los conceptos neoliberales con el segundo apartado en el que se dice que uno de los objetivos es introducir nuevos patrones de conducta que ubiquen en el centro de nuestra sociedad y economía, economía, una economía salvaje y capitalista que ha destruido los ideales de vida del 25% de la población española con la tasa de paro y ha arrancado las esperanzas a los jóvenes para desarrollar una vida y mendigando puestos de trabajos que no son equitativos a su nivel educativo. Además se presenta un recorte en el sistema educativo tanto en la concedencia de becas como en la renta que llega a los centros públicos mientras se fomenta los conciertos y como la subida de tasas universitarias discrimina las personas nuevamente en capacidad adquisitiva. Esta reducción de rentas solo dificulta aún más las necesidades de la escuela pública pues para hacer frente al fracaso escolar pues al tener menos recursos son incapaces de impartir nuevas metodologías que reanimen la motivación por estudiar y superar los límites de notas educativas que se importen desde el Estado central. Finalmente nombramos que la LOMCE posee infinidad de características neoliberales y conservadoras que limitan el sentido de la democracia a su sentido más arcaicos básico pues el sistema educativo, una de las bases para el funcionamiento de un Estado moderno y pilar fundamental de la democracia se ve atacado con recortes no solo de renta en los centros educativos sino también en personal pues numerosos profesores han sido destituido de sus puestos de trabajo con el objetivo de crear un sistema educativo más competitivo y acorde con el sistema capitalista. Además se presentan asignaturas inapropiadas para la educación como es la religión y abandonando educación para la ciudadanía, materia esencial para la creación del hombre democrático en el que se forman los ideales de igualdad y respeto mutuo por el resto junto con dar credenciales políticas básicas. A la hora de buscar todos estos elementos en la legislación encontramos que:
En el artículo dos, apartado dos: “Las Administraciones educativas son los órganos de la Administración General del Estado y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas competentes en materia educativa.” Que muestra como la educación será dirigida directamente desde el gobierno central y así no se permiten la libertad de curriculum en las comunidades autónomas y así mostrar parte de la cultura de la región, de esta forma el curriculum está limitado y controlado, abandonando ese intento por mostrar la mayor cantidad de cultura. Posteriormente encontramos:
En el artículo veinticinco, apartado seis: “6. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas:
a) Educación Física.                                         
b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o en su caso del alumno o alumna.
c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y máximo de cuatro materias de las siguientes del bloque de asignaturas específicas:
1.º Artes Escénicas y Danza.
2.º Cultura Científica.
3.º Cultura Clásica.
4.º Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
5.º Filosofía.
6.º Música.
7.º Segunda Lengua Extranjera.
8.º Tecnologías de la Información y la Comunicación.
9.º Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o en su caso el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 6.b).
10.º Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o en su caso el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 6.b).
11.º Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna.”
De forma que se incrementa la presencia de la religión en la educación que una vez más ocupa un lugar que no le corresponde y con esta legislación además se afianza más a ella. A continuación:
En el artículo veintiuno: “1. Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, se realizará una evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa
2. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas para todo el Sistema Educativo Español con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio.
3. El resultado de la evaluación se expresará en niveles. El nivel obtenido por cada alumno o alumna se hará constar en un informe, que será entregado a los padres, madres o tutores legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los centros en los que los alumnos y alumnas hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y para aquellos en los que cursen el siguiente curso escolar, así como para los equipos docentes, los padres, madres o tutores legales y los alumnos y alumnas.
Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan establecido.
En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del concierto correspondiente.” se realizan exámenes de segregación infantil debido que esta selectividad elaborará en el niño una figura y una idea de sí mismo irreal que lo llevara a marcar sus intereses, expectativas y cualidades que son irreales pues un niño de esa edad y en ese nivel educativo no ha desarrollado aún su plenitud de capacidades, las cuales, con esta metodología se verán incluso truncadas debido a la falta de motivación o la influencia exterior de desagrado por sus calificaciones respecto al niño. Después:
En el artículo 127, apartado b: ” El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.”, se aprecia cómo una vez más la democracia escasea en el sistema educativo debido a que el consejo escolar será la única toma de decisiones y el claustro perderá su valor democrático debido que el poder residirá en el consejo. Finalmente:
En el artículo 122 , apartado 2: “2. Las Administraciones educativas podrán asignar mayores dotaciones de recursos a determinados centros públicos o privados concertados, en razón de los proyectos que así lo requieran o en atención a las condiciones de especial necesidad de la población que escolarizan. Dicha asignación quedará condicionada a la rendición de cuentas y justificación de la adecuada utilización de dichos recursos.”, encontramos un ejemplo de recortes económicos muy claro debido a que los recursos que se destinan a la educación pública se ven limitados debido a que la administración distribuye el dinero según la continuidad de sus intereses sea por parte de las escuelas públicas o concertadas, las cuales, son las mayores beneficiadas de esta financiación debido a que el derecho a la educación pública se ve limitado y se convierte en un privilegio para aquellas personas que se lo puedan permitir.
Así pues es como el pasado se repone pues cuarenta años más tarde se imparte una ley de características similares pues cabe recordar que quizás no haya fascismo como lo había hace cuarenta años pues el fascismo ha dejado las medallas militares por los rolex y los mercedes, el fascismo de traje y corbata está presente y el sistema capitalista es donde reinan y los neoliberales le hacen el camino más fácil para mantener su ideología de desigualdad y falsa meritocracia presente en el sistema educativo, económica y social europeo.




[1] Fernández Ros, JM, Gonzales Salcedo, J, León Navarro, V, Ramírez Aledón, G, (2009) Historia de España, Santillana, Madrid, (pag 374-405)
[2] España, Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de educación y financiamiento de la reforma educativa. BOE, 6 de agosto 1970, núm. 187, pág. 12546.
[3] España, Ley orgánica 1/1990,  de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo. BOE, 4 de octubre de 1990, núm. 238, pág. 28942.
[4] España, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. BOE, 4 de mayo de 2006, núm. 106, pág. 17158.
[5] España, Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. BOE, 10 de diciembre de 2013, núm. 295 pág. 97858.

No hay comentarios:

Publicar un comentario